Cuándo podrán los mutualistas jubilados cobrar el dinero de las devoluciones del IRPF
Tienen derecho a esta devolución los jubilados mutualistas que cotizaron entre 1967 y 1978, en sectores como banca, industria, comercio, construcción, sanitarios, astilleros, pesca, etc.
Qué mutualistas jubilados pueden pedir una devolución de hasta 4.000 euros del IRPF